NOMINA
II
Cesantías
El
auxilio de cesantías es una prestación social que se encuentra a cargo del
empleador, que consiste en el pago al trabajador, de un mes de salario por cada
año de servicios prestados y proporcionalmente por fracción de año.
Intereses de cesantías
Los intereses sobre cesantías
son del 12% anual, o proporcional por fracción de año. Este punto es muy
importante, puesto que no se puede aplicar un 12% sobre el saldo acumulado a 31
de diciembre cuando el empleado solo ha laborado seis meses, por tanto,
en este caso, se debe aplicar el interés según la proporción del tiempo
laborado.Supongamos un empleado que inició a trabajar el 01 de julio y a 31 de diciembre tiene cesantías acumuladas de $1.000.000.
Si aplicáramos directamente el 12% sobre el saldo, esto es $1.000.000, tendríamos unos intereses de $120.000.
Aplicando la proporción según el tiempo laborado, que es lo correcto, tendremos que el empleado sólo trabajó 180 días, por tanto, la liquidación será:
(1.000.000×180x0,12)/360 = 60.000
Vacaciones
Las vacaciones laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue un descanso remunerado por el hecho de haberle trabajado un determinado tiempo.
En Colombia, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de trabajo. En el caso de algunos trabajadores de la salud, las vacaciones son de 15 días por cada seis meses de trabajo, pero esta es la excepción de la regla general de los 15 días por año trabajado.
Si el trabajador no lleva un año trabajando, las vacaciones se le reconocerán en proporción al tiempo laborado, sin importar cuanto sea este
Liquidación de la nómina
Mensualmente o quincenalmente según sea el periodo de pago acorado,
la empresa debe proceder a liquidar su respectiva nómina para
determinar los diferentes conceptos que adeuda al trabajador y que debe descontarle
o deducirle.A continuación se expone un ejemplo sencillo de la liquidación de una nómina. Para hacer el ejercicio más ágil y comprensible, el ejemplo se trabajara con un solo empleado, el cual tenga derecho al Auxilio de transporte, a horas extras y a comisiones.
Supuesto:
Salario básico. 700.000
Comisiones. 100.000
Horas extras. 50.000
Auxilio de transporte. 63.600 (2011)
Total devengado 913.600
Liquidación.
Deducciones de nómina. (Conceptos a cargo del empleado)
Salud (4%). 850.000*0.04 = 34.000
Pensión (4%). 850.000*0.04= 34.000
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